Trámites Generales

Solicitud de Exención






Descripción

Permite solicitar la exención para los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y Sellos.
Contempla las exenciones en general exceptuando las tratadas de manera específica para cada impuesto.

Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas.Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas.Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas.Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas.Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción nacional u otras provincias siempre que tengan domicilio real en la Provincia. Vehículos patentados en otros países. Vehículos cuyo fin específico no sea el transporte de personas o cosas. Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas. Ambulancias de su propiedad, las obras sociales y/o mutuales sindicales. Comerciantes Habitualistas. La Cruz Roja Argentina. Arzobispado y los Obispados de la Provincia. Ex Combatientes. Exención vehículos de transporte público adaptados para el ingreso y egreso de personas con movilidad reducida. Estado Nacional, Provincial, Municipalidades, organismos descentralizados o autárquicos. Bomberos Voluntarios. Instituciones de Beneficencia pública con personería jurídica y cooperadoras. Instituciones religiosas debidamente reconocidas. Art. 243 Inc. C Pago análogo en jurisdicción. 12345.

Web / Presencial

Requisitos

 

Documentación

Toda DOCUMENTACIÓN -sin excepción- se presentará en Original y Copia, o copia certificada por Escribano/a Público/a. No es válida la certificación Bancaria.

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos, salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.

Tené en cuenta que

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona que posee un derecho de propiedad sobre un bien.

Persona que, pudiendo ser o no el/la legítimo/a propietario/a, tiene en su poder una cosa o bien.

Aquella persona que posee el derecho de uso y goce de un bien, conferido por el/la titular de dicho bien.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé al Sistema de Exenciones.
  2. Ingresá tu CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presioná "Ingresar".
  3. En el menú "Alta de trámite" seleccioná la opción correspondiente a la exención a solicitar.
  4. Seleccioná el "Carácter de el/la Solicitante", dependiendo del mismo, los "Datos de el/la Beneficiario/a" se completarán automáticamente o bien deberás ingresarlos manualmente. Luego presioná "Continuar".
  5. Completá los datos solicitados del "Domicilio Fiscal o Constituido" y presioná "Continuar".
  6. Podrás solicitar turno para ir en el día y horario de tu conveniencia, seleccionando "Solicitar turno" (en el inicio del trámite):
    1. Te pedirá que indiques si sos el/la titular. En caso afirmativo tomará los datos cargados como contacto; caso contrario solicitará los datos de la persona que representás.
    2. Deberás indicar la fecha y hora en la que deseás asistir, y seleccionando confirmar te dará la oportunidad de cotejar todos los datos del turno.
    3. Finalmente, podrás descargar en un archivo el turno o enviártelo por mail.
  7. Presentate antes de la fecha de vencimiento en el Centro de Servicio Local indicado, con toda la documentación detallada en el formulario resultante de la carga web.
  8. Caratularemos un expediente y te informaremos su número para que puedas hacer el seguimiento del mismo consultando por WhatsApp a nuestros Centros de Servicio Local o por medio de la Consulta de estado de expediente.

Normativas

Última actualización

13/04/2023