Automotores

Solicitud de Exención para Personas con Discapacidad (con igual titular del Automotor y del Certificado Único de Discapacidad)






Descripción

Permite solicitar la exención del Impuesto Automotor para aquellos vehículos cuya titularidad coincida con la del Certificado Único de Discapacidad.

Vía web

Requisitos

  • Que el vehículo por el cual se solicita el beneficio esté destinado al uso exclusivo de personas con discapacidad.
  • Certificado que acredite la discapacidad.
  • Identificación del Impuesto Automotor: Número de Dominio (Patente).
  • Poseer Clave Fiscal.
  • Poseer correo electrónico.

Documentación

Todos los CERTIFICADOS deberán tener una vigencia de emisión no superior a los 120 días corridos. Salvo que el certificado exprese lo contrario o plazo diferente.
No es válida la certificación Bancaria.
  • Certificado de discapacidad: Certificado Único de Discapacidad Ley 22.431.
  • Título de Propiedad Automotor.
  • R-999 V2 (RN 57/20 Exclusivo Automotor).
  • Formulario de "Solicitud de Exención" (CF05), que se obtiene en el paso 9 de la siguiente secuencia de pasos.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    Se debe iniciar el trámite por medio del Sistema Integral de Exenciones y remitir la documentación por el Sistema Integral de Reclamos y Consultas.
    En todos los casos que exista cotitularidad sobre el bien, el beneficio se otorgará en la proporción de los sujetos beneficiados. Las exenciones que tengan vencimiento entre el 01/01/2020 y el 31/12/2020 serán prorrogadas por un año.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o directamente ingresá al Sistema Integral de Exenciones.
  2. Ingresá CUIT y Clave de Identificación Tributaria (CIT).
  3. En el menú "Alta de trámite" seleccioná la opción "Código Fiscal Automotor".
  4. Seleccioná el "Carácter del Solicitante" y el "Tipo de Exención".
  5. Seleccioná "Art. 243 Inc. F) Personas con discapacidad e instituciones asistenciales oficialmente reconocidas".
  6. Dependiendo del valor seleccionado para el primero, los "Datos del Beneficiario" se completarán automáticamente o deberás cargarlos. Luego presioná "Continuar".
  7. Completá los datos solicitados del "Domicilio Fiscal o Constituido" y presioná "Continuar".
  8. Completá los datos solicitados del impuesto por el cual solicitás el beneficio y presioná "Finalizar".
  9. Imprimí el Formulario "Solicitud de Exención" (CF05).
  10. Cumplida la carga inicial en el Sistema Integral de Exenciones, remití la documentación respaldatoria de manera digital, completando el formulario del Sistema Integral de Reclamos y Consultas.
  11. Nos comunicaremos por mail para informarte sobre la consecusión del trámite o eventualmente solicitarte el aporte de elementos complementarios, si fuera necesario.

Formularios

Normativas

  • Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (T.O. 2011) y sus modificatorias

    Artículos 110, 111, 115, 243 Inc. F.

  • Resolución Normativa N° 57/20

    Implementar una modalidad alternativa para solicitar, en determinados supuestos, el reconocimiento de la exención de pago del Impuesto a los Automotores establecida en el artículo 243, inciso f), párrafos primero y segundo del Código Fiscal.

  • Resolución Normativa N° 21/22

    Reglamenta la exclusión de retención, en Registros Seccionales de la Propiedad Automotor, a contribuyentes pasibles de gozar de beneficios según art. 243 inc. f) del Código Fiscal, - Ley N° 10397 (T.O. 2011) y modificatorias.

  • Disposición Normativa Serie B N° 29/07

    Condonación y exención de los Impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos, a los Automotores, a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos.

Última actualización

29/02/2024