Catastro y Geodesia

CEP - Derecho Real de Superficie






Descripción

Permite registrar el estado de hecho real de la parcela superficiaria, ya sea sobre la totalidad o parte determinada del inmueble a los fines de formalizar el contrato oneroso o gratuito.

 

Turnos sólo para Profesionales, Gestores y Organismos

Presencial
Con turno

Requisitos

  • Plano para la determinación de la parcela superficiaria.
  • Cédulas catastrales (parcela afectada a DRS y parcela superficiaria) según resolución normativa 9/2018.
  • El profesional debe estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.
 

Documentación

  • Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
  • Comprobante informativo.
  • Plano para la determinación de la parcela superficiaria.
  • Cédulas catastrales (parcela afectada a DRS y parcela superficiaria) según resolución normativa 9/2018.
  • Formularios de avalúo de parcela afectada a DRS y parcela superficiaria.

Tené en cuenta que

  • El trámite tiene costo.
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Vigencia
    El certificado tendrá una vigencia según el tipo de planta inmobiliaria:
    • Doce (12) años para inmuebles ubicados en la planta sub-rural o rural.
    • Seis (6) años para inmuebles ubicados en la planta sub-urbana o planta urbana que se encuentren edificados.
    • Dos (2) años para inmuebles ubicados en la planta sub-urbana o planta urbana que se encuentren baldíos.
    • Seis (6) años para las unidades funcionales de los edificios afectados al régimen de Propiedad Horizontal, ubicados en Planta Baja doce (12) años para unidades funcionales contenidas en las restantes Plantas, si las hubiere.

¿Quién puede presentar el trámite?

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Persona habilitada a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo o un tercero correspondiente.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Humana) - Profesional - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Juridica) - Organismo - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Pasos a seguir Presencial

  1. Generar el Comprobante Informativo de la siguiente manera:
    • Acceder al "Sistema de Información Catastral".
    • Ingresá CUIT y Clave Fiscal, y presioná "Ingresar".
    • Ingresá al menú "Comprobante Informativo", luego "Generar" y luego "Nuevo".
    • Seleccioná el trámite a realizar.
    • Completó los datos requeridos
    • Presioná "Aceptar".
  2. Concurrí a cualquiera de los Centros de Servicio Local habilitados con Mesa de Atención Presencial de Catastro (MAP), previa reserva de turno por medio del botón "Solicitá turno", con la documentación solicitada en "Requisitos" para ingresar el trámite. Finalizado el mismo, te entregaremos una oblea como constancia. Podrás realizar el seguimiento del trámite desde el "Sistema de Información Catastral".
  3. En caso de que el trámite haya tenido alguna observación se podrá descargar el motivo de rechazo a fin de subsanar el error y volverlo a ingresar.
    Nota: recordá que, en caso de estar rechazado, para volver a ingresar el trámite deberás previamente retirar el rechazado en la MAP donde lo ingresaste o en el casillero correspondiente.

Normativas

Última actualización

27/11/2023