Catastro y Geodesia

Artículo 8vo. Actualización de Valuación Fiscal






Descripción

Es el trámite mediante el cual se verifica el estado de hecho del inmueble, para los casos en que el Estado Parcelario se encuentre vigente, con fecha de registración posterior a 36 meses, con el objeto de posibilitar la emisión del Certificado Catastral.

Vía web

Requisitos

  • Tener el Estado Parcelario vigente (Detalle vigencias artículo 8). Podes consultar la vigencia de un Estado Parcelario ingresando en el enlance.
  • Con fecha de Registración mayor a 36 meses.
  • El profesional deberá obligatoriamente ingresarlo vía web y deberá estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.

Tené en cuenta que

  • El trámite tiene costo.
  • Importante
    Profesional: En caso de trámite devuelto recordá que la liberación del visado profesional se realiza en el momento de la entrega de la documentación.
    Organismo: Accedé a Incumbencias por organismo para consultar el detalle de los trámites en los que tienen injerencia los organismos.
    Incumbencia Catastral
    • Agrimensor
    • Ingeniero
    Tiempo de Resolución
    Los plazos son estimados y pueden existir excepciones de acuerdo a la particularidad del caso.
    Aclaración: se trata de días hábiles, quedan excluidos los fines de semana y feriados.

¿Quién puede presentar el trámite?

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Profesional habilitado a realizar Trámites Catastrales por el Colegio o Consejo correspondiente.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Humana) - Profesional - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Persona que actúa en nombre de otra persona (Juridica) - Organismo - en virtud de la facultad que esta le confiere.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en el botón de "Iniciar trámite" o accedé al “Sistema de Información Catastral”.
  2. Ingresa tu CUIT/CUIL/CDI y Clave de Identificación Tributaria (CIT) y presiona “Ingresar”.
    Recordá que deberás contar con fondo en la cuenta corriente. Podes consultar el "instructivo para el Ingreso de Fondos".
  3. En el menú “Ingresar Trámite” seleccionar la opción “de Registración” y luego el trámite a realizar.
  4. Completa los datos requeridos por el sistema para confirmar el trámite y presioná “Aceptar”.
  5. Realizá el seguimiento del trámite utilizando la consulta pública en "Verificación del estado del trámite", la misma se realiza por Número de Trámite o por Partido/Partida. También podés consultar ingresando con CUIT, CUIL o CDI y Clave Fiscal, a "Sistema de Información Catastral" en “Consulta Trámite”, y luego “Por Nro. Trámite” o “Por Fecha”.
  6. Descargá los documentos resultantes de la finalización del trámite ingresando al "Sistema de Información Catastral" en “Consulta Trámite” y accediendo por la opción “Inf. Final – Archivo Ad.”.

     

    Seleccioná “Ingresado por SIC”, cargá el número de trámite y presioná el botón CONSULTAR. El sistema devuelve un listado de links con la documentación que podés imprimir, dicha información varía dependiendo del tipo de trámite. Para visualizar la documentación hay que presionar en cada uno de los links.

Normativas

Última actualización

12/02/2026