Inmobiliario
Las personas jubiladas y pensionadas incluidas en la "Consulta de padrón" pueden solicitar la exención en el impuesto Inmobiliario Básico. En caso de no figurar deberán realizar el trámite "Exención para Personas Jubiladas y Pensionadas".
Persona que posee un derecho de propiedad sobre un bien.
Persona que, pudiendo ser o no el/la legítimo/a propietario/a, tiene en su poder una cosa o bien.
Aquella persona que posee el derecho de uso y goce de un bien, conferido por el/la titular de dicho bien.
Persona que convive con el sujeto responsable del impuesto.
Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.
Es aquel que ejerce la representación de una persona declarada incapaz, por designación de un Juez competente. Pueden existir varios curadores para una misma persona.
Artículos 105, 110, 115, 111, 177 Inc Ñ, 178 al 181.
Artículos 15, 16.
Modificación condición referida al monto de los ingresos mensuales de beneficiarios, producirá el cese de la exención a partir del 1º de Enero del año inmediato siguiente a aquel, en el cual dichos ingresos superen el límite legal establecido.
Reempadronamiento obligatorio de determinadas exenciones de pago del Impuesto Inmobiliario, que fueran reconocidas con anterioridad a la vigencia de la DN.
Procedimiento único para obtener el reconocimiento de exenciones y otros beneficios fiscales. Liberaciones de deuda por subastas extrajudiciales o administrativas.
Condonación y exención de los Impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos, a los Automotores, a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos.
27/05/2026