Resolución Normativa Nº 071/14 LA PLATA, 10 DE DICIEMBRE DE 2014 VISTO: CONSIDERANDO: Que, en este sentido, el artículo 41 de la Disposición
Normativa Serie "B" N° 1/2004 y sus modificatorias dispone
que, en los últimos días de cada año, este organismo
recaudador debe publicar el Calendario Fiscal para el año inmediato
siguiente; Que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos incluidos
en el Régimen de Convenio Multilateral deberán cumplir con
sus obligaciones dentro de los plazos establecidos por la Comisión
Arbitral, en su carácter de Organismo de Aplicación del
citado convenio, mediante las Resoluciones Generales Nº 14/2014,
15/2014 y 16/2014, todas de fecha 26 de noviembre de 2014; Que han tomado intervención la Subdirección Ejecutiva de
Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación
y Coordinación, y sus dependencias pertinentes; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley Nº 13766; Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1º: Aprobar, como Anexos I a IV de la presente, el calendario de vencimientos para el año 2015 correspondiente a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, respectivamente, y para la presentación de la declaración jurada anual de los períodos 2014 y 2015 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, a fin de permitir a los contribuyentes el cumplimiento en término de dichas obligaciones fiscales. Artículo 2º: Aprobar, como Anexo V de la presente, el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas y pago, correspondientes al ejercicio fiscal 2015, de los agentes de recaudación de los tributos provinciales. Artículo 3º: Aprobar, como Anexo VI de la presente, el calendario de vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del período 2015 que deben efectuar aquellos sujetos obligados a cumplir con los regímenes de información dispuestos por esta Autoridad de Aplicación, y para la presentación de la declaración jurada anual del período 2014 prevista en el artículo 6° de la Resolución Normativa N° 32/08 y modificatoria. Artículo 4º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
|
||