Resolución Normativa Nº 021/13

LA PLATA, 24 DE MAYO DE 2013

VISTO:
Que mediante expediente N° 22700-28182/13 se propicia prorrogar el vencimiento regulado en el Anexo VI de la Resolución Normativa N° 57/12 para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 exclusivamente con relación a los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario comprendidos en el régimen de información dispuesto en la Resolución Normativa Nº 32/08 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que en virtud del inicio de un nuevo ejercicio fiscal, esta Autoridad de Aplicación estableció, mediante la Resolución Normativa N° 57/12, el calendario de vencimientos para el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes, agentes de recaudación y agentes de información, correspondiente al ejercicio fiscal 2013;

Que el vencimiento previsto para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012, que alcanza a los contribuyentes incluidos en el régimen de información establecido por la Resolución Normativa N° 32/08 y modificatorias, se encuentra regulado en el Anexo VI de la Resolución Normativa N° 57/12;

Que mediante la Resolución Normativa N° 6/13 esta Autoridad de Aplicación prorrogó dicho vencimiento hasta el 15 de abril de 2013;

Que, en relación al citado vencimiento en este momento, razones de tipo operativo tornan necesario disponer una nueva prórroga con relación al citado vencimiento;

Que han tomado debida intervención la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección Ejecutiva de Planificación y Coordinación, y sus dependencias;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Prorrogar, hasta el 1° de julio de 2013, el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual correspondiente al ejercicio fiscal 2012 que deben efectuar los sujetos obligados a actuar como agentes de información de conformidad con el régimen dispuesto en la Resolución Normativa Nº 32/08 y modificatorias.

Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 21/13