Resolución Normativa Nº 095/09

LA PLATA,

VISTO:
El expediente Nº 2360-213349/09, de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se gestiona la modificación, en su parte pertinente, de la Resolución Normativa N° 75/09, y

CONSIDERANDO:
Que por Resolución Normativa N° 75/09, se aprobó la estructura orgánico - funcional de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, determinando en su artículo 2° los cargos para la misma;

Que el artículo 6° del citado acto administrativo, estableció para el Gabinete de la Dirección Ejecutiva, un (1) cargo de Asesor de Gabinete con rango y remuneración equivalente a Subsecretario y un (1) cargo de Asesor de Gabinete con rango y remuneración equivalente a Director; conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley N° 10.430 - Texto Ordenado Decreto N° 1869/96, ambos pertenecientes a la Planta Temporaria.

Que al consignarse el cargo de Asesor de Gabinete con rango y remuneración equivalente a Director, se incurrió en un error material, toda vez que debió haber dicho Director Provincial, conforme a su previa determinación y previsión presupuestaria, resultando oportuno y conveniente su adecuación;

Que no obstante ello, se ha consignado correctamente la imputación presupuestaria del cargo indicado no requiriendo en tal sentido adecuación alguna;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13.766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Dejar establecido que en el artículo 6° de la Resolución Normativa N° 75/09, donde dice "con rango y remuneración equivalente a Director", deberá leerse "con rango y remuneración equivalente a Director Provincial, en orden a lo expuesto en los considerandos".

Artículo 2°: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 95