Resolución Normativa Nº 065/09

LA PLATA, 30 de septiembre de 2009.

VISTO:
Que por expediente Nº 2360-181216/09, se propicia extender los plazos previstos a efectos de acceder a los beneficios establecidos en los Capítulos I, II, III, IV y V de la Resolución Normativa N° 42/09, como así también de los otorgados en la Resolución Normativa N° 50/09, ambas prorrogadas por la Resolución Normativa N° 59/09 y

CONSIDERANDO:
Que mediante los Capítulos I, II, III, IV y V de la Resolución Normativa Nº 42/09 se estableció, entre el 1 y el 31 de julio de 2009, un régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas de los contribuyentes provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, régimen que ha sido prorrogado hasta el 31 de agosto de 2009, por la Resolución Normativa N° 49/09;

Que asimismo, a través del dictado de la Resolución Normativa Nº 50/09 se estableció -desde el 1º de agosto y hasta el 31 de agosto de 2009- un régimen de facilidades de pago para la regularización de deudas que se encuentren en proceso de ejecución judicial, destinado a los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos;

Que los citados regímenes fueron extendidos hasta el 30 de septiembre de 2009, mediante la Resolución Normativa N° 59/09; la que además, introdujo una modificación de índole operativa en relación al plazo previsto para la modalidad de pago contado en un solo pago establecida por el artículo noveno de Resolución Normativa N° 42/09;

Que, en atención a la gran afluencia de contribuyentes que se han presentado ante las distintas dependencias de esta Agencia de Recaudación con la finalidad de regularizar su situación fiscal, resulta necesario extender la vigencia de los beneficios previstos en las normativas descriptas en los párrafos que anteceden hasta el 5 de octubre del corriente año, exclusivamente en relación con los contribuyentes y/o responsables que hayan dado estricto cumplimiento a los requisitos exigidos en las mencionadas normas y formalizado fehacientemente los acogimientos, hasta la fecha indicada precedentemente;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Extender hasta el 5 de octubre de 2009, la vigencia de los beneficios previstos en los Capítulos I, II, III, IV y V de la Resolución Normativa N° 42/09 y en la Resolución Normativa N° 50/09, ambas prorrogadas por la Resolución Normativa N° 59/09, en relación a los acogimientos que se hubieren formalizado efectivamente hasta la fecha mencionada precedentemente.

Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.