Resolución Normativa Nº 015/09

LA PLATA, 31 de marzo de 2009.

VISTO:
La necesidad de extender la vigencia de las condiciones especiales y beneficios adicionales establecidos en las Resoluciones Normativas N° 4/09, 5/09, 6/09 y 7/09, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución Normativa Nº 4/09 se establecieron condiciones especiales y beneficios adicionales aplicables a quienes, entre el 1° y el 31 de marzo de 2009, realizaran su acogimiento al régimen previsto en la Resolución Normativa Nº 11/08, para la regularización de las deudas que se encuentren en instancia de cobro prejudicial provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos;

Que por su parte, mediante la Resolución Normativa Nº 5/09 se reconocieron beneficios adicionales en favor de los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, con deudas en proceso de ejecución judicial que, dentro del plazo indicado en el párrafo anterior, accedieran a regularizar su situación fiscal, mediante el acogimiento al plan de pagos establecido en la Resolución Normativa Nº 14/08;

Que, asimismo, a través de las Resoluciones Normativas Nº 6/09 y 7/09 se establecieron condiciones y beneficios especiales aplicables con relación a quienes, también en entre el 1° y el 31 de marzo de 2009, realizaran su acogimiento a los regímenes previstos en las Resoluciones Normativas Nº 12/08 ó 13/08, para la regularización de las deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos sometidas a proceso de fiscalización y para la regularización de deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a períodos no fiscalizados, respectivamente;

Que en esta oportunidad se estima conveniente extender la vigencia de las condiciones especiales y beneficios adicionales previstos en las Resoluciones Normativas N° 4/09, 5/09, 6/09 y 7/09, anteriormente mencionadas, con el objeto de permitir a los contribuyentes que aún no se han presentado a regularizar su situación fiscal, acceder a las mismas en iguales condiciones a las establecidas dentro del plazo que se extiende mediante la presente;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas la Ley Nº 13766;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Extender, hasta el 30 de abril de 2009, la vigencia de las condiciones especiales y beneficios adicionales establecidos en las Resoluciones Normativas N° 4/09, 5/09, 6/09 y 7/09.

Artículo 2º: La presente comenzará a regir desde el día de su fecha.

Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.


RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 15/2009