Resolución Normativa Nº 076/08

LA PLATA, 1 de julio de 2008.

VISTO:
Que se propicia la aprobación, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión del Desarrollo Institucional, de la Gerencia General de Tecnologías de la Información, y

CONSIDERANDO:
Que por Resolución Normativa N° 5/08 se aprobó la estructura orgánico funcional superior de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, aprobando, entre otros, el cargo de Subdirector Ejecutivo de Gestión del Desarrollo Institucional;

Que dicha Subdirección Ejecutiva tiene como competencias la promoción del desarrollo tecnológico y el acceso a la información, optimizando el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones, asegurando la puesta en funcionamiento en tiempo oportuno de los servicios implementados y de las adecuaciones que se requieran;

Que las tecnologías de la información han adquirido relevancia estratégica, convirtiéndose en herramientas de gestión indispensables para asegurar el adecuado apoyo a las acciones vinculadas con la determinación, fiscalización y percepción de los tributos y accesorios dispuestos por las normas legales y la administración del Catastro Territorial;

Que en razón a lo expuesto, resulta oportuno y conveniente la aprobación de una dependencia que se aboque de manera permanente a las cuestiones referenciadas;

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13766 y Decreto N° 85/07 B;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Aprobar, en el ámbito de la Subdirección Ejecutiva de Gestión del Desarrollo Institucional, la estructura organizativa de la Gerencia General de Tecnologías de la Información, de acuerdo al organigrama y acciones, que como anexos 1 y 2 forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°: Determinar para la unidad organizativa aprobada en el artículo precedente, los siguientes cargos: UN (1) Gerente General de Tecnologías de la Información, con rango y remuneración de Director Provincial; UN (1) Gerente de Seguridad y Servicios, con rango y remuneración de Director; UN (1) Gerente de Soporte y Tecnología, con rango y remuneración de Director; UN (1) Gerente de Producción, con rango y remuneración de Director; UN (1) Gerente de Desarrollos, con rango y remuneración de Director; UN (1) Jefe de Departamento Seguridad; UN (1) Jefe de Departamento Coordinación Operativa; UN (1) Jefe de Departamento Procedimientos; UN (1) Jefe de Departamento Control de Calidad; UN (1) Jefe de Departamento Soporte Hardware y Software; UN (1) Jefe de Departamento Infraestructura; UN (1) Jefe de Departamento Bases de Datos; UN (1) Jefe de Departamento Arquitectura; UN (1) Jefe de Departamento Operaciones; UN (1) Jefe de Departamento Microinformática; UN (1) Jefe de Departamento Testing y Homologación; UN (1) Jefe de Departamento Mantenimiento de Sistemas de Producción; y CINCO (5) Jefe de Departamento Proyectos, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10430 - T.O. Decreto Nº 1869/96, Decreto Reglamentario Nº 4161/96).

Artículo 3°: Suprimir las Dependencias, cargos y competencias que fueran aprobados por Decreto N° 400/05 y que a continuación se detallan:

- Dirección de Servicios Informáticos, dependiente de la ex Subsecretaría de Ingresos Públicos, juntamente con su desagregación estructural.

Artículo 4°: Limitar las designaciones del personal cuyas funciones se correspondan con las Unidades Orgánicas que se suprimen en el artículo 3° de la presente Resolución, debiendo formalizarse las mismas mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.

Artículo 5°: Determinar, en la Gerencia General de Tecnologías de la Información -Gerencia de Desarrollos-, el ámbito de incumbencia del Departamento Proyectos (I a V), a saber:

Jefe de Departamento Proyectos I: Web
Jefe de Departamento Proyectos II: Innovación
Jefe de Departamento Proyectos III: Gestión
Jefe de Departamento Proyectos IV: Servicios
Jefe de Departamento Proyectos V: Soluciones

Artículo 6°: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Ver Anexo I
      Anexo II