Resolución Normativa Nº 056/08

LA PLATA, 30 de Mayo de 2008.-

VISTO:
La necesidad de proceder a la derogación del Capítulo IV, Título VII, Libro Segundo, de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04.

CONSIDERANDO:
Que en el Capítulo IV, Título VII, Libro Segundo de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 se encuentran compiladas las normas referidas a las exenciones del Impuesto Inmobiliario;

Que el artículo 99 del Código Fiscal (texto según Ley 12752), establece que, salvo disposición legal en contrario, las exenciones de gravámenes regirán a partir del momento en que el sujeto pasivo de la obligación fiscal reúna todos los requisitos exigidos por la ley y conservarán su vigencia mientras no se modifique el destino, afectación o condi-ciones de su procedencia;

Que dicha modificación no ha sido receptada en la sistematización de normas reglamentarias contenida en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04;

Que, por otra parte, mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 29/07 se estableció un nuevo y único procedimiento para el reconocimiento de las exenciones, en virtud del cual los interesados deben ingresar en la página web de esta Autoridad de Aplicación y obtener por la misma vía el detalle de la documentación que deben presentar para el inicio de las actuaciones;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1°: Derogar el Capítulo IV, Título VII, Libro Segundo, de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04.


Artículo 2°: Establecer la vigencia de la presente a partir del día de su fecha.


Artículo 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.