Resolución Normativa Nº 034/08

LA PLATA, 31 de marzo de 2008.

VISTO:
La necesidad de extender la vigencia de las condiciones especiales y beneficios adicionales establecidos en las Resoluciones Normativas Nº 18/08, 19/08, 20/08 y 21/08, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de las Resoluciones Normativas Nº 18/08 y 21/08 se establecieron condiciones especiales y beneficios adicionales aplicables a quienes, dentro de un plazo determinado, realizaran su acogimiento al régimen previsto en la Resolución Normativa Nº 11/08, o bien en la Resolución Normativa N° 14/08, para la regularización de las deudas que se encuentren en instancia de cobro prejudicial o proceso de ejecución judicial, respectivamente, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

Que, asimismo, a través de las Resoluciones Normativas Nº 19/08 y 20/08 se establecieron condiciones especiales y beneficios adicionales aplicables con relación a quienes, también dentro de un plazo determinado, realizaran su acogimiento a los regímenes previstos en las Resoluciones Normativas Nº 12/08 o 13/08, para la regularización de las deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos sometidas a proceso de fiscalización, y para la regularización de deudas provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondientes a períodos no fiscalizados, de aquellos contribuyentes que hubieran realizado su acogimiento al régimen previsto en la Resolución Normativa N° 13/08, respectivamente.

Que en esta oportunidad se estima conveniente extender la vigencia de las Resoluciones Normativas N° 18/08, 19/08, 20/08 y 21/08, anteriormente mencionadas, a fin de permitir a aquellos contribuyentes con deuda que aún no se han presentado a regularizar su situación fiscal, acceder a los mismos beneficios previstos para quienes lo hicieron dentro del plazo que se extiende mediante la presente.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 13766 y el Decreto 84/07.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1: Extender, hasta el 18 de abril de 2008, la vigencia de las Resoluciones Normativas Nº 18/08, 19/08, 20/08 y 21/08.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente, a partir del día de su fecha.

Artículo 3: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.