Disposición Nº 002/08

Asunto: Impuesto de Sellos. Art. 281. Febrero 2008.


La Plata, 1° de febrero de 2008.-


VISTO
el artículo 281 del Código Fiscal T.O. 2004, la tasa aplicable a las cuotas para el Impuesto de Sellos para contratos de duración mayor a 30 meses, y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 281 del Código Fiscal TO 2004 (Ley Nº 10.397 y sus modificatorias) prevé la posibilidad de obtener facilidades para el pago del Impuesto de Sellos que grava los contratos de realización de obras de servicios o suministros cuyos plazos de duración sean de treinta (30) o más meses;

Que las cuotas que se acordaran devengarán un interés equivalente al que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;

Que por la Subdirección Información y Estadística ha emitido informe de las tasas de interés para los distintos períodos, calculada en función de la tasa aplicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en dichas operaciones;

Que corresponde, en consecuencia, proceder a su aprobación y aplicación inmediata;

Por ello,

LA SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA,
en ejercicio de las facultades delegadas por Resolución 2/08
DISPONE:

Artículo 1: Establecer que la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 281 del Código Fiscal TO 2004 para el mes de Febrero de 2008 será cero con ochenta y dos por ciento (0,82%).

Artículo 2: La presente Disposición Normativa tendrá vigencia para el mes de Febrero de 2008.

Artículo 3: Registrar, comunicar, notificar a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el SINBA. Circúlese y archívese.

DISPOSICION Nº 02/2008

 
 
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