Disposición Normativa-Serie "B" Nº 011/07

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen especial de percepción. Comercialización de medicamentos. Artículo 370 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04: Sustitución del subinciso b) del inciso 1).


La Plata, 30 de marzo de 2007.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la Parte Cuarta, Sección Tres del Capítulo IV de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04 regula el régimen especial de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la comercialización de medicamentos.

Que el artículo 370 de dicha normativa establece las alícuotas aplicables para la liquidación de la percepción.

Que de conformidad a lo previsto en el subinciso b) del inciso 1) del artículo citado, la alícuota aplicable a las operaciones a las que se refiere el subinciso a), es del 2%, si el sujeto pasible de la percepción se encuentra comprendido en las normas del Convenio Multilateral.

Que en esta oportunidad y por razones de buena administración, se considera conveniente la sustitución del subinciso b) antes mencionado, con la finalidad de reducir dicha alícuota a la mitad.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1: Sustituir en el artículo 370 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/04, el subinciso b) del inciso 1), por el siguiente:

"b) UNO POR CIENTO (1%), con relación a las mismas operaciones descriptas en el subinciso anterior cuando el sujeto pasible de percepción se encontrara comprendido en las disposiciones del CONVENIO MULTILATERAL."

Artículo 2: La presente disposición será de aplicación respecto de las operaciones que se realicen a partir del primer día del mes subsiguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese.

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires