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 Disposición NormativaSerie "B" Nº 084/06 ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas. Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 49/06 y 50/06. Modificación. 
 
 Que conforme la autorización otorgada por 
la Ley 12.914, mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 
49/06 y 50/06 se establecieron regímenes de regularización de deudas 
fiscales, correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios, de los 
contribuyentes que se encuentran en instancia de cobro prejudicial y judicial. Que 
en dichas Disposiciones Normativas se estableció que la caducidad del régimen 
se producirá, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación 
alguna, entre otros supuestos, ante la falta de pago del anticipo del cinco por 
ciento, previsto para la modalidad de pago en cuotas. Que en esta oportunidad 
resulta necesario modificar el inciso "c" del artículo 14 de 
las Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 49/06 y 50/06, a fin 
de dejar establecido que cualquiera sea el porcentaje del anticipo previsto para 
la modalidad de cancelación de la deuda en cuotas, su falta de pago, transcurridos 
treinta días corridos desde el vencimiento, producirá la automática 
caducidad del plan. Por ello, el Subsecretario 
de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes Artículo 
1: Sustituir el inciso "c" del artículo 14 de la Disposición 
Normativa Serie "B" Nº 49/06, por el siguiente: 
 Artículo 2: Sustituir el inciso "c" del artículo 14 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 50/06, por el siguiente: 
 Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese.  | ||
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