Disposición NormativaSerie "B" Nº 044/06

ASUNTO: Disposición Normativa Serie "B" N° 32/06. Modificación del último párrafo del artículo 5.


La Plata, 15 de junio de 2006.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 13.405, se incorpora un nuevo artículo 34 bis al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires (Ley 10.397, T.O. 2004).

Que por la citada norma se establece que el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial deberá encontrarse amparado por un código de operación de traslado o transporte, cualquiera sea el origen y destino de los bienes.

Que a través del dictado de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06, la Dirección Provincial de Rentas procedió a reglamentar la forma, modo y condiciones en que la obligación señalada de amparar el traslado o transporte de bienes en el territorio provincial debía cumplimentarse.

Que por razones de correcta administración tributaria se hace necesario en esta oportunidad introducir una modificación al último párrafo del artículo 5 de la Disposición Normativa anteriormente mencionada.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1: Modificar el último párrafo del artículo 5 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 32/06, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Una vez completados los datos requeridos, el interesado podrá imprimir el comprobante de Código de Operación de Traslado respectivo, cuyo modelo se aprueba como Anexo II de la presente Disposición. El número de Código obtenido deberá ser exhibido o informado, incluso de manera verbal, ante cada requerimiento de la Autoridad de Aplicación en oportunidad de realizarse el traslado o transporte de los bienes dentro del territorio provincial."

Artículo 2: La presente Disposición entrará en vigencia a partir de su fecha.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese.

 
 
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