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 Disposición Normativa-Serie "B" Nº 007/06 ASUNTO: Agentes de Recaudación. Registros Seccionales de la DNRPA. Sustitución inciso b artículo 499 Disposición Normativa Serie "B" N° 01/04.
 
 Que, la Disposición 
Normativa Serie "B" N° 01/04 en su artículo 499, establece 
un procedimiento para todos los Registros Seccionales dependientes de la Dirección 
Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos 
Prendarios (DNRPA), que permite a estos percibir, en tiempo y forma, el importe 
correspondiente al Impuesto a los Automotores originado por la inscripción 
inicial de vehículos automotores en la Provincia de Buenos Aires; Que, 
específicamente se reguló un proceder para los casos en que no exista 
previamente un código de marca o no se encuentre debidamente ampliado, 
estableciéndose un monto fijo a percibir igual a la suma de ciento cincuenta 
pesos ($150), a cuenta del que resulte de la definitiva liquidación del 
Impuesto a los Automotores; Que, en esta oportunidad, a fin de ajustar dichas percepciones a los montos realmente adeudados por los contribuyentes del impuesto, resulta necesario modificar la suma establecida en la normativa referenciada. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en 
uso de las atribuciones inherentes Artículo 1: Sustituir el inciso b del artículo 499 de la Disposición Normativa Serie "B" n° 01/04, por el siguiente: 
 Artículo 2°: Establecer la vigencia de la presente disposición a partir del día 27 de diciembre de 2005. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.  | ||
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