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 Disposición Normativa-Serie "B" Nº 006/06 ASUNTO: Artículo 3º de la Ley 13.045. Presentación y pago de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollan actividades agropecuarias. Régimen Especial de Retención de Actividades Agropecuarias.
 
 Que se ha sancionado la Ley 13.405, la cual en su 
artículo 3º, deroga el tercer párrafo del artículo 182; 
los artículos 203 y 204, del Código Fiscal (Ley 10.397 -T.O. 2004) 
y modificatorias; Que dichos Artículos establecían una 
modalidad de presentación y pago diferencial para los contribuyentes del 
Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollan actividades agropecuarias; Que, 
en concordancia con lo dispuesto en dicha Ley 13.405, con el fin de eficientizar 
los sistemas de control de presentación y pago de las declaraciones juradas, 
resulta necesario equiparar la metodología establecida para realizar tales 
acciones, a la utilizada por el resto de los contribuyentes del Impuesto sobre 
los Ingresos Brutos; Por ello, el Subsecretario 
de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes Artículo 
1: Agregar como Artículo 413 bis de la Disposición Normativa 
serie "B" Nº 1/2004, el siguiente: 
 Artículo 
2: Reemplazar el Artículo 414 de la Disposición Normativa serie 
"B" Nº 1/2004 por el siguiente: 
 Artículo 
3: Derogar los Artículos 415 y 417 de la Disposición Normativa 
serie "B" Nº 1/2004. Artículo 4: Reemplazar 
el Artículo 632 la Disposición Normativa serie "B" Nº 
1/2004 por el siguiente: 
 Artículo 5: Regístrese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.  | ||
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