Disposición Normativa-Serie "B" Nº 082/05

ASUNTO: Informe de deuda proveniente del Impuesto Inmobiliario para Escribanos. Formulario R-551 A. Artículo 254° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04. Modificación.


La Plata, 20 de diciembre de 2005.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, con la finalidad de que los escribanos públicos adscriptos y suplentes cumplan con las obligaciones que se les impone en su carácter de agentes de recaudación del Impuesto Inmobiliario, el Artículo 254° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04 establece que los mismos deben solicitar la expedición del "Informe de Deuda-Impuesto Inmobiliario-Escribanos" (formulario R-551 A), en el cual se informan los importes adeudados por los años no prescriptos.

Que de acuerdo a lo previsto en la norma citada, la deuda contenida en el formulario se calcula con los intereses correspondientes hasta el último día del mes de su expedición.

Que en esta oportunidad, se considera necesario modificar el artículo 254 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04, en lo que respecta al día hasta el cual se encontrará calculada la deuda con los intereses correspondientes, en el formulario R-551 A.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1°: Sustituir el segundo párrafo del Artículo 254° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/04, por el siguiente:

"La deuda contenida en el formulario R-551 A se encontrará calculada con los intereses correspondientes hasta el último día del mes anterior al de su expedición."

Artículo 2°: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del 1º de diciembre de 2005.-

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 
 
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