Disposición Normativa-Serie "B" Nº 021/04

ASUNTO: Boleta de depósito - SIRFT BAIRES Impuesto sobre los Ingresos Brutos.- Agentes de Recaudación. Aprobación formulario- R-808 V2.


La Plata, de marzo de 2004.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, por imperio del Código Fiscal, la Dirección Provincial de Rentas es Autoridad de Aplicación en la recaudación de tributos provinciales;

Que, ello le otorga las facultades suficientes para implementar formularios que instrumenten las modalidades de pago de la obligación fiscal, de conformidad con pautas legales preexistentes;

Que, a fin de permitir la efectiva recepción y control del Anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de los contribuyentes bajo el Régimen del Sirft Baires - Agentes de Recaudación resulta necesario adecuar los procedimientos vinculados al cumplimiento de los deberes impositivos, proveyendo a los responsable del pago un nuevo formulario;

Que, mediante la implementación de un nuevo formulario se hará factible la informatización del sistema de recaudación de dicho tributo dotando de mayor efectividad a la función de control de la Dirección Provincial de Rentas;

Que, por lo tanto resulta indispensable la modificación del formulario R-808 a fin de facilitar la correcta retención y rendición del tributo;

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1º: Aprobar el formulario R-808 V2 "Boleta de depósito - SIRFT BAIRES Impuesto sobre los Ingresos Brutos -. Agentes de Recaudación", cuyo modelo luce como Anexo I al presente.

Artículo 2º: Mantener la vigencia del actual Formulario R-808 hasta la derogación del mismo, el que se realizará mediante una Disposición Normativa para tal fin.

Artículo 3º: El formulario referido en el Artículo 1º tendrá plena vigencia a partir del día 8 de marzo de 2004.

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.


ANEXO I

 
 
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