Disposición Normativa-Serie "B" Nº 064/03

ASUNTO: Agentes de recaudación del Impuesto de Sellos. Escribanos Públicos. Nuevo régimen de declaración y pago de obligaciones fiscales. Prórroga de su entrada en vigencia. Modificación de la Disposición Normativa Serie "B" N° 52/03.-


La Plata, 26 de septiembre de 2003.-

VISTO:
El dictado de la Disposición Normativa Serie "B" N° 52/03, por la cual se implementa un nuevo régimen para la declaración y pago de obligaciones fiscales por parte de los Escribanos Públicos en su condición de agentes de recaudación del Impuesto de Sellos, y;

CONSIDERANDO:
Que, a través de sus canales institucionales, los operadores del sistema han solicitado una breve prórroga a los fines de asegurar una adecuada adaptación a los requerimientos del nuevo régimen, formulando, a la par, consultas sobre aspectos del trámite a realizar que bien merecen la debida aclaración;
Por ello,

El Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de Director Provincial de Rentas, de conformidad al Decreto Nº 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1º: Sustitúyese el segundo párrafo del Artículo 15º de la Disposición Normativa Serie "B" N° 52/03 por el siguiente:

"Las normas de la presente disposición entrarán en vigencia para los actos y escrituras que se otorguen a partir del día 1º de noviembre de 2003, inclusive".

Artículo 2º: Incorpórase como cuarto párrafo del Artículo 11º de la Disposición Normativa Serie "B" N° 52/03 el siguiente:

"Cuando la declaración y pago de las obligaciones se hubiera efectuado en término y la rectificación se formulara dentro del plazo previsto por el precedente Artículo 7º in fine, será de aplicación el trámite previsto por el citado Artículo ".

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese por nota al Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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