Disposición Normativa-Serie "B" Nº 016/03

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto Inmobiliario. Impuestos a los Automotores. Ley 12914. Disposición Normativa Serie "B" N° 57/02: Suspensión parcial de su vigencia. Disposición Normativa Serie "B" N° 64/02: Ampliación parcial de su vigencia.


La Plata, 21 de marzo de 2003.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, a partir de la autorización establecida por el Artículo 1 de la Ley 12914, mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 57/02 y 64/02, se establecieron regímenes de regularización de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores.

Que razones de administración tributaria hacen aconsejable suspender la vigencia del régimen previsto en la Disposición Normativa Serie "B" N° 57/02, para la deuda proveniente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la instancia prejudicial.

Que por idénticas razones resulta conveniente extender la vigencia del régimen de regularización previsto en la Disposición Normativa Serie "B" N° 64/02, para la deuda proveniente del Impuesto a los Automotores en la instancia prejudicial y judicial y para la deuda proveniente del Impuesto Inmobiliario en la instancia judicial.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Suspender, a partir del 1° de abril de 2003, la vigencia del régimen de regularización establecido en la Disposición Normativa Serie "B" N° 57/02, para las deudas en instancia prejudicial provenientes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Artículo 2: Extender, hasta el 30 de setiembre de 2003, la vigencia del régimen de regularización establecido en la Disposición Normativa Serie "B" N° 64/02, para las deudas en instancia prejudicial y judicial provenientes del Impuesto a los Automotores, y para las deudas en instancia judicial provenientes del Impuesto Inmobiliario.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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