Disposición Normativa-Serie "B" Nº 042/02

ASUNTO: Ley 12837. Disposiciones Normativas Serie "B" N° 23/02, 24/02 y 35/02. Regímenes de regularización de deudas fiscales. Prórroga del plazo previsto para formular acogimientos.-


La Plata, 28 de junio de 2002.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, a partir de lo establecido en los Artículos 3 y 4 de la Ley 12837 y su Decreto reglamentario 466/02, mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 23/02 y 24/02 se pusieron en vigencia dos regímenes de regularización de deudas tributarias.

Que de conformidad a lo establecido en la Disposición Normativa Serie "B" N° 35/02, la vigencia de los citados regímenes fue establecida hasta el 28 de Junio de 2002.

Que en esta oportunidad, resulta conveniente extender el plazo dentro del cual podrán formularse los acogimientos a ambos regímenes, hasta el 29 de junio de 2002.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Extender, hasta el 29 de junio de 2002 inclusive, la vigencia de los regímenes de regularización de deudas fiscales previstos en las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 23/02 y 24/02.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente a partir del día de su fecha.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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