Disposición Normativa-Serie "B" Nº 022/00

ASUNTO: Disp. Normativa Serie "B" Nº 11/00. Prórroga del plazo previsto en el Artículo 1°.


La Plata, 21 de junio de 2000.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que la Disposición Normativa Serie "B" Nº 11/00 -modificada por la Disposición Normativa Serie "B" N° 16/00-, contempla la situación de aquellos contribuyentes con deudas reconocidas, mediante acogimiento a un plan de regularización, con anterioridad al 1º de enero del año 2000, respecto del que se haya producido, con posterioridad a dicha fecha, alguna de las causales de caducidad previstas en el Artículo 47 de la ley 12397.

Que la imposibilidad de regularizar las deudas referidas en el párrafo anterior, mediante acogimiento al plan de pagos previsto en el Artículo 51 de la ley 12397, hizo aconsejable disponer lo necesario a fin de permitir que los contribuyentes que se encuentran en dicha situación, sigan cumpliendo regularmente con el plan de pagos que oportunamente les hubiera sido otorgado por esta Autoridad de Aplicación.

Que en esta oportunidad se considera conveniente prorrogar el plazo dentro del cual pueden abonarse las cuotas vencidas del mismo, cuyo cumplimiento resulta necesario a fin de tener por no producida la caducidad operada, de conformidad con lo previsto en la Disposición Normativa Serie "B" N° 11/00.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1: Prorrogar el plazo establecido en el Artículo 1 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 11/00, hasta el día 21 de julio del año 2000 inclusive.

Artículo 2: Regístrese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, procédase a su difusión por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese.

 
 
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