Disposición Normativa-Serie "A" Nº 029/00

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Rural Ley de Emergencia Agropecuaria N°10.390 y sus modificatorias. Cuotas del año 1999: plazo para el pago del porcentaje afectado.-


La Plata, 13 julio de 2000.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por razones operativas, resulta conveniente ampliar el plazo fijado oportunamente para efectuar el ingreso de las cuotas, correspondientes a las partidas que se encuentran en estado de Emergencia Agropecuaria, por la parte afectada;

Que con el fin de lograr una mejor atención de los contribuyentes para lograr el cumplimiento espontáneo de sus obligaciones fiscales, se hace necesario adoptar una resolución al respecto;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como ingresados en término, los pagos realizados hasta el día 24 de julio de 2000, que respondan al porcentaje de las cuotas afectadas del Impuesto Inmobiliario Rural, correspondientes a las partidas alcanzadas por los beneficios establecidos en la Ley de Emergencia Agropecuaria N°10.390 y sus modificatorias.

Articulo 2°: Lo establecido en el artículo anterior, será de aplicación exclusiva respecto de los períodos de Emergencia Agropecuaria que concluyeron el día 31 de diciembre de l999, en las mismas condiciones que se encontraban al día 28 de junio de 2000, para los Partidos incluidos en las Resoluciones que se detallan: Resolución N° 556/99 - Coronel Dorrego. Resolución N° 608/99 - La Plata, Florencio Varela. Resolución N° 609/99 - Tres Arroyos, Necochea, G. Chaves, San Cayetano, Laprida, Gral. Alvarado, Cnel. Suarez, Lobería, B. Juarez, Tandil y Azul. Resolución N° 729/99 - Gral. Pueyrredón

Articulo 3°: Los contribuyentes de buen cumplimiento, gozarán de la bonificación del 25% del monto de cada cuota, conforme lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 20 del 18 de enero de 2.000.

Artículo 4°: La presente tendrá vigencia a partir del día de la fecha.

Artículo 5°: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnico Administrativos solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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