Disposición Normativa-Serie "A" Nº 013/00

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario Impuesto Anual y Cuota 1/2000. Partidas alcanzadas por la Bonificación Especial de la Ley 12.397 Artículo 9°, plazo para el pago en término.-


La Plata, 24 de marzo de 2000.-


VISTO YCONSIDERANDO:

Que la gran afluencia de contribuyentes a las Oficinas de Distrito, como así también la gran cantidad de llamados telefónicos al Servicio 0-800 RENTAS, solicitando la liquidación para el pago del Impuesto Anual y la cuota 1/2000 del Impuesto Inmobiliario de las partidas alcanzadas por la Bonificación Especial de la Ley 12.397 Artículo 9, hace necesario ampliar el plazo para el pago en término de las mismas para una mejor atención de los contribuyentes y funcionamiento de las oficinas;

Que se ha procedido de idéntica forma ante situaciones similares;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar abonados en término los pagos del Impuesto Anual y cuota 1/2000 del Impuesto Inmobiliario, de las partidas alcanzadas por la Bonificación Especial de la Ley 12.397 Artículo 9°, que se efectúen hasta el 14 de abril de 2000 inclusive.

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese al Banco de la Provincia de Buenos Aires y a quienes corresponda; solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 
 
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