Disposición Normativa-Serie "B" Nº 058/98

ASUNTO: Régimen de Consolidación de Deudas Provinciales Ley 11.808 reabierto mediante la Ley 12.049. Decreto 237/98. Disposición Normativa "B" 57/98. Norma aclaratoria.


La Plata, de diciembre de 1998.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Normativa serie "B" 57/98 se contempló la particular situación en que se encuentran determinados contribuyentes en relación a los regímenes de reapertura de la Ley 11.808 y Decreto 237/98.

Que las situaciones a las que alude la citada disposición son aquellas que, de conformidad a lo manifestado en los considerandos y en los artículos 1 y 3 de la misma, fueron provocadas por un determinado accionar operativo en la recepción de los acogimientos por parte de la Administración.

Que las referidas circunstancias, en ciertos casos se trata de la tardía liquidación y puesta a disposición a los contribuyentes de los formularios para el acogimiento y pago; y en otros supuestos, la concreta modalidad adoptada para la formulación de los acogimientos;

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE:

Artículo 1: Dejar establecido, al sólo efecto aclaratorio, que las situaciones alcanzadas por los artículos .... la Disposición Normativa Serie "B" N° 57/98 son aquellas en las cuales los interesados en formular los acogimientos respectivos, presentaron la respectiva solicitud (R...) con anterioridad al 05/06/98 y les fue remitida la documentación pertinente con posterioridad a dicha fecha.

Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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