Disposición Normativa-Serie "B" Nº 046/97

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Disposición Normativa Serie "B" Nº 42/97. Modificación del Artículo 7º.-


La Plata, 3 de octubre de 1997.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 42/97 se implementó un régimen de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos en la comercialización de revistas e impresos cuya exhibición y/o adquisición se encuentra restringida al publico.

Que no resultando de expresión clara el desarrollo del mecanismo de liquidación del importe de la percepción previsto en dicha reglamentación, resulta necesario modificar en tal sentido su parte pertinente.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1: Sustitúyese el Artículo 7 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 42/97 por el siguiente:

"Artículo 7: A los fines de la liquidación de la percepción, se aplicara sobre el monto determinado de conformidad a lo establecido en el Artículo anterior, la alícuota del dos por ciento (2).

Cuando corresponda efectuar la percepción a adquirentes que realicen su actividad de distribución en mas de una jurisdicción, la alícuota será del uno por ciento (1)".

Artículo 2: La presente será de aplicación respecto de las operaciones alcanzadas por el régimen de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 42/97 que se realicen a partir del 01/11/97.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.




DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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