Disposición Normativa-Serie "B" Nº 061/96

ASUNTO: Decreto N° 3943/96. Régimen de Presentación Espontanea. Condonación o eximición de multas.-


La Plata, 15 noviembre de 1996.-

VISTO Y CONSIDERANDO:


Que mediante el Decreto Nº 3943/96 se establece un régimen de regularización impositiva mediante presentación espontánea de los contribuyentes, en el marco de la delegación de facultades concedidas al Poder Ejecutivo a través del Artículo 78° del Código Fiscal.

Que la Dirección ha procedido a establecer la normas complementarias de aplicación de dicho régimen a través del dictado de la Disposición Normativa "13" 59/96 donde previó las pautas y procedimientos a seguir a los fines de la inclusión de las deudas correspondientes a impuestos vencidos entre el 1/3/96 y el 30/9/96.

Que en esta oportunidad, es necesario definir la situación de las infraciones cometidas, debiendo interpretarse que las consiguientes snciones se encuentran comprometidas en la regularización, esto es que la presentación del acogimiento en el régimen de espontaneidad, conlleva la eximición de las multas correspondientes a los cumpliemientos que se regularicen.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: La presentación del acogimiento al régimen de presentación espontánea del Decreto N° 3043/96 implicará, según el caso, la condonación o eximición de las multas por omisión e infracción a los deberes formales que pudieran corresponder por los incumplimientos que se regularicen.-

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.-

 

DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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