Disposición Normativa-Serie "B" Nº 004/95

ASUNTO: Ley de Regularizació Impositiva. Pago en cuotas. Plazo para el pago en término. Leyes 11253 y 11389.-


La Plata, 6 de enero de 1995.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que esta autoridad de aplicación dicto la Disposición Normativa Serie "B" Nº 12/94 a fin de poner en vigencia a partir del día 7-9-92 los beneficios de pago en cuotas régimen especial de regularización de deudas impositivas provinciales, establecidas por la Ley 11253:

Que por Disposición Normativa Serie "B" Nº 2/93, se fijaron las normas de aplicación de la Ley 11389 estableciéndose en su Artículo 4º como de aplicación supletoria de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 12/92:

Que conforme el Artículo 22 de la normativa citada en primer término, el vencimiento de pago de las cuotas operara el 5 o hábil siguiente de cada mes:

Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales tal como se procediera en vencimientos anteriores ante análogas situaciones procede ampliar la fecha de vencimiento de las cuotas con vencimiento 05-01-95 de las Leyes 11253 y 11389

Por ello;

El DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos correspondientes a la cuota con vencimiento el día 5 de enero de 1995, de los acogimientos a la Ley 11253 y 11389, que se efectúen hasta el día 13 de enero de 1995.-

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

LIC. MARTA E. VILLALBA
DIRECTORA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS
(RES. Nº 23 S. H.)

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires