| Disposición Normativa-Serie "A" Nº 003/95 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 
        Convenio Multilateral. Anticipo 12/94.-  Que razones operativas aconsejan ampliar el vencimiento establecido para el pago del anticipo mencionado, tal como se procediera en anteriores oportunidades ante análogas situaciones, a fin de posibilitar por parte de los contribuyentes alcanzados por el tributo tratado, el cumplimiento de su obligación fiscal en término: Por ello, EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Considerar como abonados en término, los pagos que en concepto del anticipo 12/94 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral se efectúen hasta el día 20 de enero de 1995.- Artículo 2º: La presente disposición tiene vigencia a partir de la fecha.- Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.- 
 LIC. MARTA E. VILLALBA LIC. ECON. JORGE A. SERDAREVICH | ||
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