Disposición Normativa-Serie "B" Nº 003/92

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen de anticipos mensuales para el ejercicio fiscal 1992. Modificación Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/92.-


La Plata, 23 de marzo de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/92, del 24/02/92, se dispuso fijar la suma de pesos novecientos mil ($ 900.000 ), el monto de ingresos del año 1991 a los efectos de la aplicación de lo normado por el Artículo 141° del Código Fiscal - Ley 10.397 y sus modificatorias;

Que habiéndose incurrido en error en la consideración de los datos que sirvieron de base para la determinación de dicho monto, corresponde proceder a su modificación;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Modificar el Artículo 1º de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/92 por el siguiente texto:

"Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, excepto aquellos comprendidos en las Normas del Convenio Multilateral y los que desarrollen Actividades de Explotación Agropecuaria, que hubiesen obtenido ingresos gravados, no gravados y exentos durante el año 1991 que superen la cantidad de pesos cuatrocientos mil ($ 450.000), deberán liquidar e ingresar los anticipos del Ejercicio Fiscal 1992 en forma mensual".

Artículo 2º: Mantener firmes los restantes términos de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/92.-

Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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