Disposición Normativa-Serie "A" Nº 101/92

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Planta Rural. 4° anticipo año 1992. (Cuota 04/92). Partidos en estado de emergencia y desastre. Pago en término.-


La Plata, 28 de septiembre de 1992.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposiciones Normativas Serie "A" Nº 80/92 y 84/92, se fijaron y unificaron, respectivamente, las fechas de vencimiento para el pago del cuarto anticipo (cuota 4/92) del Impuesto Inmobiliario Rural año 1992, de acuerdo al número de terminación de las partidas;

Que debido al estado de emergencia y desastre agropecuario en que se encuentran varios partidos (determinados en las Resoluciones N° 414 y 453 de la Comisión de Emergencia y Desastre Agropecuario) y, a efectos de posibilitar el cumplimiento de la obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes, resulta necesario ampliar el plazo para el ingreso de la cuota mencionada;

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos que se realicen en concepto del cuarto anticipo (cuota 4/92) del Impuesto Inmobiliario Rural, año 1992, hasta el día 30 de septiembre de 1992, en los partidos Necochea, Lobería, San Cayetano, Mar Chiquita, González Chávez, Leandro N. Alem, Cuarteles XXII y XXIII de Pergamino, Cuarteles IV y V de Rojas, Junín, Chivilcoy, Monte, General Belgrano, Chascomús, General Guido, Pila, Maipú, General Paz, Castelli, Ayacucho, Dolores y Balcarce.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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