Disposición Normativa-Serie "A" Nº 093/92

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Empresas acogidas a las Leyes de Promoción Industrial. Disposición Normativa Nº 69/79. Anticipo 1992. Montos.-


La Plata, 28 de agosto de 1992.-


VISTO Y
CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 69/79, se fijó la fecha un procedimiento especial para el pago del Impuesto Inmobiliario por parte de las empresas acogidas a los regímenes de Promoción Industrial;

Que el mismo incluye las obligación de abonar un anticipo por parte de las empresas comprendidas en los beneficios de las Leyes 4726, 7474 y 10.016/83 reemplazadas por la Ley 10.547 d. reglamentario 1904/90.

Que de acuerdo con el articulo 4º de la recordada Disposición Normativa 69/79, se señalaba que el monto del anticipo que debían tributar las empresas acogidas al citado Régimen de Promoción Industrial sería el que se fijara con carácter general para el Impuesto Inmobiliario.

Que por Disposición Normativa Serie "A" 8/92 se ha previsto el monto del anticipo del Impuesto Inmobiliario 1992.

Que ello torna necesario fijar el monto del anticipo que deberán tributar las citadas empresas, que por razones de equidad resulta oportuno determinar en un porcentaje similar al de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario 1992.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Establecer que las empresas comprendidas en los términos del Artículo 4º de la Disposición Normativa Nº 69/79 deberá ingresar con carácter de anticipo el monto correspondiente al importe de la 1º cuota del año 1992 deducido el porcentaje de exención correspondiente al año 1991 que surge de la declaración jurada formulario R-252 rubro II punto 2, con vencimiento el día 10 de septiembre de 1992.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


CDOR. CARLOS ALBERTO DI BASTIANO

DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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