Disposición Normativa-Serie "A" Nº 009/91

ASUNTO: Obligaciones Fiscales. Agentes de Retención: Plazo para el pago en término. Impuesto Inmobiliario.-


La Plata, 18 de enero de 1991.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que la interrupción de tareas llevada a cabo por los empleados estatales bonaerenses y que son de público conocimiento, dificulta el ingreso en término de obligaciones fiscales por parte de los Agentes de Retención, cuyo vencimiento operan en el mes de diciembre/90;

Que por lo expuesto, resulta oportuno fijar una fecha especial para el ingreso de las citadas obligaciones,.

Por ello;

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los ingresos efectuados por los Agentes de Retención por las operaciones realizadas en el mes de diciembre/90 hasta el día 24 de enero de 1991.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran firmes y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-


LIC. JOSE ALBERTO SBATTELLA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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