Disposición Normativa-Serie "B" Nº 029/90

ASUNTO: Regímenes de presentación espontánea y facilidades de pago del Decreto 2221/90. Ampliación de los plazos de presentación previstor por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 18/90.-


La Plata, 30 de octubre de 1990.-


VISTO:
La inminencia del vencimiento previsto por el Artículo 15° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 18/90 y

CONSIDERANDO:
Que ha sido dictado recientemente el Decreto Nº 3989/90, por el cual se introduce algunas modificaciones sustanciales en el decreto 2221/90;

Que consecuentemente, es menester ampliar el plazo originalmente previsto por la D.N. "B" Nº 18/90 para posibilitar la efectivización de las reformas introducidas.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Ampliase hasta el día 30-11-90 el plazo previsto por el Artículo 15° de la D.N. "B" Nº 18/90 a los fines del acogimiento y pago de la primera cuota de los planes de pago del decreto 2221/90 por el impuesto sobre los ingresos brutos.

Artículo 2º: Suprímese en el Artículo 22° inc. A) de la D.N. "B" Nº 18/90 el texto:

"....exclusivamente para el impuesto de sellos y tasas retributivas de servicios, además:..."

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


LIC. JOSE ALBERTO SBATTELLA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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