Disposición Normativa-Serie "B" Nº 019/89

ASUNTO: Índices de Liquidación. Prórrogas para el pago de Impuesto Inmobiliario y tasas provinciales. Contribuyentes afectados por emergencia agropecuaria (Artículo 13º Ley 10.766/89).


La Plata, 19 de julio de 1989.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por orden de servicio nº 12/89 se aprobó el procedimiento a aplicar a lo establecido en los artículos 13º y 14º de la ley nº 10.766/89, por la que se introducen modificaciones al artículo 10º inciso 2 de la ley nº 10.390;

Que habiéndose recibido del INDEC la información necesaria, el sector estadística ha elaborado el cuadro de índices y la metodología a aplicar;

Que corresponde, en consecuencia, proceder a su aprobación y posterior aplicación por la dirección provincial de rentas.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Aprobar el procedimiento adjunto, que se considera parte integrante de la presente.

Artículo 2º: Establecer los índices de precios mayorista agropecuario del año 1984 a junio de 1989.

Artículo 3º: La presente disposición tendrá vigencia a partir del día de la fecha.

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


CARLOS BARBERIS
DIRECTOR DE RECAUDACIONES
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

 
 
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