Disposición Normativa-Serie "A" Nº 166/89

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. 6° cuota año 1989. Plazo para el pago en término.-


La Plata, 18 de diciembre de 1989.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que los feriados bancarios dispuestos en el transcurso del corriente mes,

Que ello, hace aconsejable ampliar el plazo fijado para el ingreso de la sexta cuota (cuota 6/89) del impuesto inmobiliario año 1989, facilitando así el cumplimiento de la obligación fiscal por parte de los contribuyentes.-

Por ello;

El SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES
AL CARGO DE DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, DE CONFORMIDAD AL DECRETO 1170/02
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en termino los pago de la sexta cuota (cuota 6/89) del impuesto inmobiliario año 1989, para todas las partidas, que se abonen hasta el día 22 de diciembre de 1989.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran firmes y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete, solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese, archívese.-



CR. ABEL JORGE SCARABINO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires