Disposición Normativa-Serie "A" Nº 021/89

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario para el pago en térrmino cuota 1/89. Parcelas rurales declaradas en emergencia agropecuaria. Decreto nº 671/89.-


La Plata, 24 de febrero de 1989.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº15/89 se amplió el plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Inmobiliario año 1989 (cuota 1/89) hasta el día 23 de febrero de 1989 para las partidas impares y pares,

Que por Decreto Nº 671 año 1989 se declarara en estado de emergencia agropecuaria a los sectores rurales de los partidos de Pellegrini, Tres Lomas, general Villegas, Veinticinco de Mayo y Saladillo;

Que a efectos de permitir la tramitación de los respectivos certificados a los productores afectados y posibilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los mismos, es oportuno fijar una fecha especial para el ingreso de la citada cuota.

Por ello,

El SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES
AL CARGO DE DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, DE CONFORMIDAD AL DECRETO 1170/02
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en termino los pagos de la primera cuota del impuesto inmobiliario año 1989 (cuota 1/89) de las partes no afectadas de las partidas rurales de los partidos de: Pellegrini, Tres Lomas (Circunscripción II); General Villegas(Circunscripción IX); Veinticinco de Mayo (Circunscripciones VIII y XIII) y Saladillo (Circunscripciones IV y IX), que se efectúen hasta el día 31 de marzo de 1989.-

Artículo 2º: Los pagos efectuados, así como los cheques y/o giros enviados, se consideraran validos y sin derecho a repetición.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el boletín oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archivese.-

 

LIC. JOSE ALBERTO SBATTELLA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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