Disposición Normativa-Serie "A" Nº 013/88

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Cuota 1/88. Plazo para el pago en término. Partido de Chivilcoy.-

La Plata, 11 de febrero de 1988.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 11/88, se unificaron en el día 10 de febrero de 1988, las fechas de vencimiento para el pago de la cuota 1/88 del Impuesto Inmobiliario, para las partidas impares y pares;

Que por razones de inconvenientes técnicos, no se ha podido poner a disposición de los contribuyentes, la totalidad de los recibos de pago;

Que a los efectos de una más adecuada atención de los contribuyebtes en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, porcede fijar una fecha especial para su ingreso;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos los pagos de la cuota 1/88 del Impuesto Inmobiliario, que efectúen aquellos contribuyentes con domicilio postal en el partido de Chivilcoy y que cancelen en las instituciones habilitadas al efecto, hasta el día 15 de febrero de 1988.-

Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.

 

EVA CRISTINA RASETTO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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