Disposición Normativa-Serie "A" Nº 108/87

ASUNTO: Impuesto de Sellos. Contratos de transferencia de Automotores. Valor de conversion para vehículos importados (Precios en dólares). Período octubre / diciembre 1987.-


La Plata, 20 de octubre de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Nº 103/87 se dispuso adoptar como tasación especial para los contratos relacionados con los vehículos automotores y/o remolcados, nacionales e importados, para el período octubre / diciembre 1987, las tablas de valores establecidas por la Superintendencia de Seguros de la Nación y por A.C.A.R.A.;

Que se hace necesario fijar el valor de conversión, para los vehículos importados cuyos precios no figuran en dólares;

Que teniendo en cuenta que el dólar billete, cotizó a A 2,2705 por unidad el día 31 de agosto de 1987;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar como valor de conversion para los precios de los vehículos importados, que aparecen en dólares, la cotización que éste tuvo el día 31 de agosto, la misma fue de A 2,2705 por unidad.

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-



CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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