Disposición Normativa-Serie "A" Nº 021/87

ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Determinación 2da. cuota año 1987.-


La Plata, 27 de febrero de 1987.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Resolución Ministerial 144/87 se establece la base de cálculo para el cobro de la 2da. cuota del Impuesto a los Automotores año 1987;

Que en virtud de la facultad conferida por los Artículos 54º y 175º del Código Fiscal - Ley 10397, corresponde a esta Dirección Provincial disponer el cobro de la 2° cuota del Impuesto a los Automotores del año 1987;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar como cuota 2 del Impuesto a los Automotores año 1987 (cuota 2/87) el monto resultante de aplicar la siguiente metodología: Impuesto 1987 (Ley 10473 Artículo 11°) x 1,631 x 0,15, con vencimiento los días 5 y 10 de marzo de 1987 para los dominios impares y pares, respectivamente.-

Artículo 2º: La presente Disposición tendrá vigencia a partir de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.


CR. ROBERTO A. OLHASSO
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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