Disposición Normativa-Serie "A" Nº 124/86

ASUNTO: Impuesto a los Automotores. Determinación 1ª cuota año 1987.-

La Plata, 30 de diciembre de 1986.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que en virtud de la facultad conferida por los Artículos 54° y 175° del Código Fiscal 1986, corresponde a esta Dirección Provincial disponer el cobro de la primera cuota del Impuesto a los Automotores del año 1987.-

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Fijar como cuota uno del Impuesto a los Automotores año 1987 (cuota 1/87) el monto resultante de aplicar la siguiente metodología:

Impuesto 1986 (Ley 10.398) X 1,5384, con vencimiento 6 los días 5 Y 12 de enero de 1987, para los dominios impares y pares respectivamente.-

Artículo 2º: A los efectos de la consideración de la base de cálculo para la fijación de la cuota citada en el Artículo 1°, corresponderá asignar al modelo año 1986 el impuesto legislado para el modelo año 1985 en el período final 1986, respetándose igual sistema para los restantes modelos-años en función de su antigüedad, respecto de la relación tomada.

Artículo 3º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 4º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-


DR. GUSTAVO D. BASTITTA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 
 
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