Disposición Normativa-Serie "A" Nº 118/86

ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Plazo para el pago en término de la 6ª cuota año 1986 del Impuesto Inmobiliario, en determinados Partidos.-


La Plata, 10 de diciembre de 1986.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que por Disposición Normativa Serie "A" Nº 116/86 se unificaron las fechas de venciemiento para el pago de la 6TA. cuota año 1986 del Impuesto Inmobiliario, para las partidas impares y pares respectivamente, en el 10 de diciembre de 1986;

Que dificultades en la distribución, no han permitido poner a disposición de los contribuyentes de determinados partidos, la totalidad de los recibos de pago de la mencionada cuota;

Que con el objeto de posibilitar el cumpliento de la obligación fiscal en término por parte de los contribuyentes, es necesario fijar una fecha especial para su ingreso.

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos de la 6ta. cuota año 1986, del Impuesto Inmobiliario (Cuota 6/86) de contribuyentes con domicilio postal en los partidos de Coronel Suárez, Darragueira, Coronel Pringles, Villa Iris, General Rodríguez, Luján, Exaltación de la Cruz y Lobería y que cancelen la misma en las instituciones bancacrias habilitadas de los citados partidos, hasta el día 19 de diciempre de 1986, para las partidas impares y pares.-

Artículo 2º: La presente Disposición tiene vigencia a partir del día de la fecha.-

Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 
 
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