Disposición Normativa-Serie "A" Nº 079/86

ASUNTO: 3º anticipo Impuesto sobre los Ingresos Brutos Convenio Multilateral. Pagos efectuados en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.-


La Plata, 11 de agosto de 1986.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que habiéndose presentado dificultades para el pago 3º anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Convenio Multilateral- , cuyo vencimiento operó del día 5-5-86, debido a las medidas de fuerza adoptadas por el personal del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dicha institución solicita se considere por parte de esta Dirección Provincial, la adopción de considerar como abonados en término, los pagos realizados hasta el día 7-5-86 inclusive, para aquellos contribuyentes con sede en Capital Federal;

Que como consecuencia de lo expuesto, corresponde considerar abonados en término los pagos realizados hasta el día 7-5-86 inclusive, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, correspondientes al 3º anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Convenio Multilateral- para aquellos contribuyentes con sede en Capital Federal;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como abonados en término los pagos realizados hasta el día 7-5-86 inclusive, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aries correspondiente al 3º anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Convenio Multilateral- para contribuyentes con sede en Capital Federal.-

Artículo 2º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Gabinete solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.-

 

DR. GUSTAVO D. BASTITTA
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 
 
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