Disposición 1.875/87  
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  | Ver Disposición 2.389/93 |

La Plata, 30 de diciembre de 1987

Visto que por Disposicion 1.790 de fecha 30 de noviembre de 1987 se establece una nueva modalidad para la tramitación conducente a la aprobación de planos de subdivisión de edificios para ser sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal, y

CONSIDERANDO:

Que habiéndose efectuado un profundo y exhaustivo análisis de la Disposición de referencia, se ha concluido que surgen una serie de inconvenientes de orden administrativo y operativo que dificultan y comprometen la implementación del procedimiento adoptado;

Que en otro orden de ideas es oportuno señalar que si bien es responsabilidad del profesional actuante la exactitud de los datos consignados en el plano de Propiedad Horizontal, el Estado - a través de esta Dirección Provincial - no puede y de hecho no debe resignar su misión de controlar y verificar la fidelidad de los mismos, teniendo en cuenta que una de sus actividades esenciales es la de proteger los intereses de la comunidad toda, evitando el surgimiento de conflictos que la afecten;

Que la situación descripta aconseja entonces dejar sin efecto la Disposición 1.790/87, restableciendo el procedimiento vigente con anterioridad al dictado de dicha norma, determinado por su similar 314/82;

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE CATASTRO TERRITORIAL
DISPONE:

Artículo 1°.- Anúlase la Disposición n° 1.790 de fecha 30 de noviembre de 1987.-

Artículo 2°.- Restablécese la vigencia de la Disposición n° 314/82 y sus normas complementarias.-

Artículo 3°- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda. Cumplido, archívese.-