Saltar al contenido de la página Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires
AGENCIA DE RECAUDACIÓN
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sanciones aplicadas por el fisco

(Libro Primero - Parte General - Títulos IX y X del Código Fiscal vigente)


Multas

Pueden distinguirse dos grandes grupos de infracciones sancionadas con esta pena de carácter pecuniario:

  • Infracciones a los deberes formales: a) incumplimientos genéricos, b) incumplimiento a los deberes de información propia o de terceros, c) falta de presentación de declaraciones juradas)

  • Infracciones a la obligación sustancial de pago: a) omisión inexcusable o negligente de pago al vencimiento por parte del contribuyente, o bien falta de retención/percepción e ingreso del impuesto por parte del agente de recaudación; b) defraudación fiscal de contribuyentes directos (hechos, ocultaciones, simulaciones dolosas -ardid o engaño- con la finalidad de evadir tributos) y defraudación fiscal de agentes de recaudación (mantenimiento del dinero recaudado en poder del agente luego de vencidos los plazos generales para su depósito)


Clausura de establecimiento

Procede esta sanción ante determinados incumplimientos de naturaleza formal (falta de emisión o emisión defectuosa de factura o ticket, falta de facturación de compra de bienes que se posean, no llevar o llevar en indebida forma las registraciones contables, entre otras).

Decomiso de mercaderías

Procede esta sanción ante el traslado o transporte de mercaderías dentro del territorio provincial sin la documentación respaldatoria exigida por Arba.

Intereses

No tienen naturaleza sancionatoria, sino resarcitoria. Surgen sin necesidad de interpelación alguna por el pago fuera de la fecha de vencimiento establecida por el calendario fiscal.