Inmobiliario

Interposición de Recurso en Demanda de Repetición Digital - Impuesto Inmobiliario Básico y Complementario






Descripción

Permite interponer recurso de reconsideración o de apelación contra los actos administrativos que resuelvan una demanda de repetición ingresada por medio de los trámites de "Demanda de Repetición Digital (Inmobiliario Básico)" y "Demanda de Repetición Digital (Inmobiliario Complementario)".

Vía web

Requisitos

Tené en cuenta que

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona sobre la que recae la obligación tributaria. Puede ser Persona Humana o Persona Jurídica. Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/contribuyentes.asp.

Persona que, sin ser contribuyente, posee una atribución y conveniencia cierta y legal. Para consultar la documentación que acredita personería, click aquí.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná en botón "Iniciar Trámite" o directamente accedé al "Sistema Integral de Reclamos y Consultas".
  2. Completá los datos solicitados junto con una breve descripción, adjuntá la documentación correspondiente y presioná el botón "Confirmar".
  3. El sistema te dará un número de identificación con el cual podrás hacer el "Seguimiento del trámite".
  4. Te notificaremos el resultado del trámite por medio del Domicilio Electrónico.

Normativas

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Última actualización

09/04/2026