Inmobiliario

Plan de Pagos de Deuda en Instancia Prejudicial con adhesión a Débito Automático






Descripción

Permite regularizar deudas provenientes del impuesto Inmobiliario básico, en instancia prejudicial, por medio de un plan de pagos con adhesión al débito automático en cuenta bancaria, estableciendo un compromiso formal de pago y el reconocimiento de la deuda.

También es posible hacerlo sin adhesión al débito automático.

Incluye:
  • Deuda en instancia prejudicial vencida hasta el 31 de diciembre del año calendario inmediato anterior a aquel en el cual se formaliza el acogimiento y planes de pago caducos a dicha fecha.

Excluye:
  • Deudas provenientes del impuesto Inmobiliario básico en proceso de ejecución judicial, en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.

Vía web

Requisitos

  • Identificación del objeto: Partido/Partida.
  • Tener registrada en ARBA al menos una Clave Bancaria Uniforme (CBU) o registrarla.

Documentación

    • Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
    • Boleto de Compraventa o Contrato de Usufructo (con firmas certificadas y pago del impuesto de Sellos), sólo en caso de no ser titular.

Tené en cuenta que

  • El trámite NO tiene costo
  • Requiere CIT

    Para saber cómo obtener la CIT, ver el trámite "Obtención de Clave de Identificación Tributaria (CIT)"

  • Importante
    La caducidad del plan de pago ocurrirá con:
    • El mantenimiento de dos (2) cuotas impagas - incluido el anticipo - consecutivas o alternadas, al vencimiento de la cuota siguiente.
    • El mantenimiento de alguna cuota o anticipo impagos al cumplirse noventa (90) días corridos del vencimiento de la última cuota del plan.
    • El mantenimiento de la liquidación en un (1) sólo pago sin cancelación al cumplirse noventa (90) días corridos desde su vencimiento.
    • En caso de las modalidades en tres (3) o seis (6) pagos, se producirá por el mantenimiento de cualquiera de esos pagos sin cancelación al cumplirse noventa (90) días corridos desde el vencimiento para el pago del último de los mismos.
    En el caso de acogimientos realizados desde el día 1° y hasta el día 15 de cada mes, el vencimiento para el pago al contado, del anticipo o de la primera cuota, operará el día 10 o inmediato posterior hábil si aquél resultara inhábil, del mes siguiente en el cual se hubiera formalizado el acogimiento. Cuando los acogimientos sean realizados desde el día 16 y hasta el último día de cada mes, el vencimiento para el pago operará el día 10 o inmediato posterior hábil si aquél resultara inhábil, del mes subsiguiente a aquél en que se hubiera formalizado el acogimiento. Las cuotas restantes vencerán en forma mensual y consecutiva, el día 10 de cada mes o inmediato posterior hábil si aquél resultara inhábil.

¿Quién puede presentar el trámite?

Persona que posee un derecho de propiedad sobre un bien.

Persona que, pudiendo ser o no el/la legítimo/a propietario/a, tiene en su poder una cosa o bien.

Aquella persona que posee el derecho de uso y goce de un bien, conferido por el/la titular de dicho bien.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra, en virtud de la facultad que ella le confiere mediante un mandato (poder o autorización). Podés consultar la documentación que acredita personería, en http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteVoluntario.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de una persona Jurídica en virtud del carácter que posee por integrar los órganos de mando. Asimismo, los padres que ejercen la patria potestad sobre sus hijos/as. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteLegal.asp.

Persona que actúa en nombre y por cuenta de otra (Humana o Jurídica) en virtud de una designación judicial, debido a una incapacidad legal que recae sobre aquella. Para consultar la documentación que acredita personería, http://www.arba.gov.ar/GuiaTramites/representanteJudicial.asp.

Pasos a seguir Web

  1. Presioná el botón de "Iniciar trámite" o directamente accedé a la "Confección del Plan de Pagos con Adhesión al Débito Automático".
  2. Ingresá los datos solicitados por la página.
  3. Imprimí y/o guardá como PDF el "Estado de Deuda" y luego presioná "Continuar".
  4. Seleccioná de los "Planes disponibles" la modalidad de pago que prefieras.
  5. Presioná el botón "SI Adherir".
  6. Seleccioná la CBU de la cuenta de la que querés que se realicen los débitos automáticos y presioná el botón "Seleccionar CBU".
  7. Presioná el botón "Apertura del Plan".
  8. Presioná el botón "Continuar".

Instructivo

Normativas

Última actualización

16/09/2024